Ingreso Mínimo Vital IMV

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva e indefinida de la Seguridad Social que garantiza ingresos mínimos a las personas o unidades de convivencia que no los tienen, mediante un ingreso directo y mensual.

REQUISITOS

Para poder disfrutar de esta ayuda económica, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

1. Condiciones Económicas:

  • Renta baja: Tus ingresos y los de tu unidad de convivencia deben estar por debajo de un determinado límite.
  • Patrimonio limitado: La cantidad de bienes que posees no debe superar un cierto valor.

2. Edad:

  • Mayoría de edad: Debes tener al menos 23 años.
  • Excepción para jóvenes con cargas: Si tienes menos de 23 años pero tienes hijos a tu cargo, también puedes solicitar el IMV.

3. Residencia en España:

  • Residencia legal: Debes estar residiendo legalmente en España.
  • Residencia continuada: Esta residencia debe ser ininterrumpida durante al menos un año antes de solicitar el IMV.

4. Unidad de Convivencia:

  • Composición: La unidad de convivencia incluye a todas las personas que viven bajo el mismo techo y están relacionadas por matrimonio, pareja de hecho o parentesco cercano (hasta segundo grado).
  • Antigüedad: Generalmente, la unidad de convivencia debe haberse formado al menos un año antes de solicitar la ayuda.
  • Excepciones: Existen excepciones a este requisito de un año en casos como:
    • Nacimiento de hijos: Si has tenido un bebé.
    • Adopciones: Si has adoptado a un menor.
    • Separaciones o divorcios: Si te has separado o divorciado.
    • Violencia de género o trata: Si eres víctima de alguno de estos delitos.

COMPLEMENTO AYUDA INFANCIA

Las personas que reciban el Ingreso Mínimo Vital o acrediten situación de vulnerabilidad económica podrán recibir hasta 100 euros por hijo a cargoClica aquí para ampliar información

Si la unidad de convivencia dispone de ingresos preexistentes, su IMV será la diferencia entre esos ingresos y el umbral establecido para ese hogar.

Por ejemplo, una familia de padre, madre y dos hijos, que tiene derecho a 877 euros al mes de renta mínima, si uno de los padres está cobrando un subsidio de 431 euros, recibirá de Ingreso Mínimo lo que le falta para llegar a los 877 euros, es decir, 446 euros al mes. El abono de la ayuda se hará mensual, en 12 pagas.

CUANTÍA

La cuantía mínima para 2025 pasa a ser de 658,59 euros mientras que la máxima supera los 1300 euros según los miembros que compongan la unidad de convivencia:

  • Un adulto – 658,59 mes / 7903,07 año
  • Un adulto y un menor – 733,85mes / 10274,08 año
  • Un adulto y dos menores- 903,21 mes /12644,96 año
  • Un adulto y tres menores – 1251,33 mes / 15015,97 año
  • Un adulto y más de tres menores – 1448,9 mes / 17386,85 año
  • Dos adultos – 856,17 mes / 10274,08 año
  • Dos adultos y un menor – 903,21 mes / 12644,96 año
  • Dos adultos y dos menores – 1251,33 mes / 15015,97 año
  • Dos adultos y más de dos menores – 1448,9 mes /17386,85 año
  • Tres adultos – 903,21 mes/ 12644,96 año
  • Tres adultos y un menor – 1251,33 mes / 15015,97 año
  • Tres adultos y dos o más menores – 1448,9 mes /17386,85 año
  • Cuatro adultos – 1251,33 mes / 15015,97 año
  • Cuatro adultos y un menor – 1448,9 mes / 17386,85 año

DOCUMENTACIÓN

  • El DNI/NIE del solicitante y de las personas que forman parte de la unidad de convivencia en el caso de ciudadanos españoles o el documento de identidad o pasaporte en el caso de ciudadanos extranjeros.
  • Documento de acreditación de la voluntad de solicitar el IMV
    Elaborar a mano si no se dispone de ordenador e impresora, un documento similar a este, firmado con el nombre y DNI del solicitante ( y de todos los miembros que formen parte de la Unidad de Conviviencia):

Sirva este escrito que acompaño a mi solicitud de fecha (insertar fecha de solicitud) como acreditación de mi solicitud de solicitud del ingreso mínimo vital.

Firmado: ……………………………..

Nombre y apellidos…………………………….  

Nº DNI / NIE: …………………………………………………

Si tu unidad de convivencia está formada por más de 1 persona, hay que escribir debajo el nombre, apellidos y la firma de cada miembro de la unidad de convivencia.

  • En el caso de extranjeros, la residencia legal en España (se acreditará mediante la inscripción en el registro central de extranjeros o autorización de residencia).
  • Certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio. * Desde Febrero de 2021 temporeros y personas sin hogar o sin domicilio fijo podrán acceder a la prestación.
  • Libro de familia o certificado del Registro Civil correspondiente y que acredite la filiación de las personas que forman parte de la unidad de convivencia.
  • Autorización para que la Administración recabe sus datos tributarios y de la Dirección General del Catastro Inmobiliario para la verificación del cumplimiento de los requisitos de ingresos y patrimonio para el acceso y mantenimiento de la prestación.
  • Demanda de empleo de Servicio Público de Empleo SEPE.
  • Numero de cuenta bancaria para el cobro de la prestación (ES………………..) .
  • Número de afiliación a la seguridad social
  • Otra documentación a adjuntar, sólo sí corresponde por los siguientes supuestos:

a)  Sentencia judicial de separación / divorcio y en su caso convenio regulador sellado por el juzgado.

b) Separación de hecho o si la separación o el divorcio están en trámite. Copia diligenciada por el Juzgado de la demanda de separación o divorcio o, copia de la denuncia de abandono del hogar familiar o,convenio regulador sellado y diligenciado por el Juzgado o, testimonio de la aprobación judicial de las medidas provisionales en que se acuerde la guarda y custodia.

c) Parejas de hecho en las que no existe convivencia.Documento judicial que atribuye la guarda y custodia de los hijos comunes a un progenitor determinado o ambos de forma compartida.

d)  Situación de violencia de género. Sentencia condenatoria por delito de violencia de género u, orden de protección o medidas cautelares o, Informe del Ministerio Fiscal o Informe de servicios sociales, servicios especializados o servicios de acogida.

e) Víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual. Informe emitido por los servicios públicos y servicios sociales encargados de la atención integral a estas víctimas.

f) En supuestos menores emancipados. Acreditación mediante documento público, resolución judicial o certificado del Registro Civil.

¿Qué se considera unidad de convivencia?

La unidad de convivencia está formada por todas las personas que vivan en el mismo domicilio, unidas por vínculo matrimonial o que se hayan constituido como pareja de hecho, y sus familiares hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar que se haya formado al menos durante 1 año anterior a la solicitud .

También se considera unidad de convivencia una persona víctima de violencia de género o doméstica que haya abandonado su domicilio familiar acompañada de sus hijos o menores y familiares en las mismas condiciones que el apartado anterior, así como aquellas que hayan iniciado los trámites de separación o divorcio.

Por último, las formadas por 2 o más personas mayores de 23 años o menores de 65 que habiten el mismo domicilio sin relación entre sí, que hayan vivido de forma independiente al menos los 3 años anteriores a la solicitud. Estas unidades pueden compartir vivienda con otra unidad de convivencia constituida por miembros de una familia o relación análoga.

¿Se va a exigir estar apuntado en el paro para cobrarlo?

, una de los requisitos es estar apuntado como demandante de empleo si en el momento de la solicitud se está desempleado.

¿Se puede cobrar si se percibe algún salario?

Sí, de hecho, se contemplan incentivos al empleo: cuando el titular de la prestación no tenga empleo y lo encuentre, parte de su salario estará exento transitoriamente en el cálculo de la prestación. En el caso de que esté ocupado, cuando su salario se incremente, la cuantía de la prestación se reducirá en una cantidad inferior

¿Qué ocurre ahora con los programas de rentas mínimas de la Comunidades autónomas?

Será compatible con las rentas mínimas de las CCAA, de forma que el IMV fijará un suelo común para los hogares que cumplan los requisitos y las CCAA podrán complementar estos ingresos, en la forma en que ellas lo consideren oportuno. Aquí te contamos los programas vigentes en las distintas comunidades autónomas.


¿Qué puedo hacer si me han denegado el IMV?

El INSS reconoce que se han rechazado más de 400.000 solicitudes del Ingreso Mínimo Vital, sobre todo por superar los topes de renta  y patrimonio. ¿Cómo se puede reclamar si no se está de acuerdo? Clica aquí para saber que hacer.

SIMULADOR

A través de este simulador y algunas preguntas podrás comprobar si cumples los requisitos para recibir esta prestación y sabrás el importe aproximado que te correspondería.

Ten en cuenta que este simulador no tramita la prestación, para solicitarla tendrás que acceder a los servicios del trámite.

https://ingreso-minimo-vital.seg-social-innova.es/simulador

SOLICITUD

Acceder a la solicitud con certificado electrónico

· Si dispone de certificado electrónico o usuario y contraseña en cl@ve lo puede solicitar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social adjuntando también la documentación necesaria y rellenando los datos del formulario. Podrá acceder desde este enlace, seleccionando el método de autenticación.

Acceder a la solicitud sin certificado electrónico

· Si no dispone de certificado digital o usuario y contraseña en cl@ve podrá utilizar el servicio habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en la Sede Electrónica para su solicitud sin certificado al que puede acceder desde este enlace, donde se abrirá un formulario para rellenar con los datos del solicitante y de los posibles beneficiarios.

En caso de que no disponga de certificado digital o usuario y contraseña en cl@ve, podrá presentar la solicitud en este enlace o accediendo a https://imv.seg-social.es/ desde la barra del navegador.

Una vez en esta página, pulsaremos sobre el cuadro de ‘Solicitar Ingreso Mínimo Vital’. En esta ventana habrá que completar todos los datos personales, como el nombre, los apellidos, el número de identificación y la fecha de caducidad de este documento o el número de afiliación a la Seguridad Social, entre otros También habrá que presentar, como indica en la siguiente foto, imágenes de las dos caras del DNI o NIE.

Una vez cumplimentados todos los datos personales, habrá que rellenar las casillas referidas a la información económica. Es el caso de los ingresos, la declaración de patrimonio u otras ayudas que se reciban.

Una vez se cumplimente toda la solicitud, con los datos, la información y los documentos pertinentes, se procederá a dar el consentimiento para el tratamiento de los datos para presentar, de forma definitiva, el Ingreso Mínimo Vital.

Cuando la solicitud ya esté presentada, aparecerá un código en la pantalla que será necesario guardar para futuras consultas. Como se muestra en la siguiente imagen, será una sucesión de números y letras que copiar antes de pulsar al botón de ‘aceptar’.

Nuevo sistema de identificación para solicitantes del Ingreso Mínimo Vital

La Seguridad Social ha añadido una nueva funcionalidad al formulario electrónico de solicitudes del Ingreso Mínimo Vital (IMV) (https://imv.seg-social.es/) para la verificación tanto de la identidad del interesado o del representante, como de la expresión de su voluntad y consentimiento a dicha presentación.

Esta nueva funcionalidad consiste en la incorporación, de forma simultánea al procedimiento de solicitud del Ingreso Mínimo Vital, de:

  • Una imagen legible de su rostro mostrando la cara delantera de su documento identificativo, que deberá ser capturada en el momento de la solicitud.
  • Una dirección de correo electrónico cuya validez se contrasta en línea por el sistema.
  • La expresión del consentimiento y la voluntad de firma del solicitante, puesta de manifiesto mediante la introducción en línea de un código de un solo uso y validez temporal limitada enviado a la dirección de correo electrónico indicada en el punto anterior.

El sistema incorpora adicionalmente una funcionalidad que permite capturar la imagen de su firma manuscrita, efectuada sobre una pantalla táctil o mediante el ratón del ordenador.

Una vez completado el proceso, se genera un código único para cada solicitud que se proporciona al interesado y que le permite efectuar un seguimiento de su expediente y aportar documentación adicional si fuera necesario.

TRAMITACION TELEFONICA

El número oficial habilitado para consultas y trámites relacionados con el Ingreso Mínimo Vital es:

900 20 22 22 o bien 020

Este servicio telefónico es gratuito y está disponible de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:30 horas.

TRAMITACION PRESENCIAL

Los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid, ponen a disposición de la ciudadanía las Oficinas de Información de Prestaciones (OIP) para ofrecer apoyo en la tramitación de la solicitud en línea del Ingreso Mínimo Vital, así como en cualquier gestión que deba realizar la persona interesada/titular con relación a la prestación: subsanaciones, recursos, requerimientos, etc.

Las Oficinas de Información de Prestaciones orientan acerca de los requisitos de acceso a otras prestaciones y ayudas sociales de naturaleza no municipal. Ofrecen apoyo en la tramitación de solicitudes, en línea o presencial, de prestaciones y ayudas sociales de naturaleza no municipal, públicas o privadas, así como en cualquier gestión que deba realizar la persona interesada/titular con relación a las mismas.

Apoyan en la realización de trámites electrónicos relacionados con la gestión de prestaciones y ayudas sociales (apoyo en la apertura de una cuenta de correo electrónico, en la tramitación de la firma electrónica, en la descarga y manejo de aplicaciones…).