En este artículo vamos a repasar las principales ayudas públicas que existen en España para las familias y las personas vulnerables en el año 2023. Estas ayudas tienen como objetivo aliviar la situación económica de los colectivos más afectados por la crisis, la inflación tras la pandemia y el aumento del Euribor hipotecario.
NUEVA AYUDA DE 200 EUROS

Ya está disponible la nueva ayuda de 200 euros para personas sin recursos. Plazo de solicitud hasta el 31 de marzo de 2023
Se trata de una ayuda de 200 euros, en un pago único, que la Agencia Tributaria ingresa en la cuenta bancaria de personas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que durante el 2022 hayan sido asalariados, autónomos, o beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo
La ayuda se solicita desde la web de la Agencia Tributaria en este enlace oficial: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC61.shtml
Una vez clicando en este enlace tendremos que seguir los siguientes pasos:
PASO 1

PASO 2:
Una vez que se pulsa el enlace de “solicitud de la NUEVA ayuda de 200 euros para personas físicas”, el sistema pide identificarse, con DNI electrónico, certificado digital o clave.
PASO 3:
Se abre el formulario en el que hay que rellenar los datos.

A modo de resumen os mostramos el Video explicativo sobre cómo rellenar el formulario:
PODRÁN SOLICITAR ESTA AYUDA las personas físicas que durante el año 2022 cumplan estos tres requisitos:
- Tener residencia habitual en España, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, (permanecer más de 183 días o núcleo principal de la actividad en territorio español).
- En 2022 haber trabajado por cuenta ajena o por cuenta propia dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad o haber recibido una prestación o subsidio por desempleo.
- No superar los 27.000 euros íntegros de rentas (es decir, el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) ni tener a 31 de diciembre de 2022 un patrimonio superior a 75.000 euros (descontando la vivienda habitual).
Para el cálculo deben sumarse las rentas y el patrimonio de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: beneficiario; cónyuge; pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho; descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros (excluidas las exentas); y ascendientes hasta segundo grado por línea directa.
Se exige, por lo tanto, que durante 2022 se haya estado dado de alta en Seguridad Social o mutualidad, como trabajador por cuenta ajena o como autónomo o se haya cobra una prestación o subsidio por desempleo y que en ningún caso se hayan tenido ingresos iguales o superiores a los 27.000 euros anuales.
PRESTACIONES – AYUDAS FAMILIARES
El Gobierno ha aprobado el anteproyecto de ley de familias, que incluye nuevos permisos de conciliación para el cuidado de familiares o convivientes . Estos permisos serán retribuidos al 100% y podrán durar entre 5 y 9 días al año, dependiendo del grado de parentesco y la distancia geográfica .
El objetivo de esta medida es facilitar la corresponsabilidad y el reparto equitativo del trabajo doméstico y de cuidados entre hombres y mujeres. Además, se pretende reconocer la diversidad familiar y garantizar la protección social de todas las formas de convivencia.
Las prestaciones familiares están destinadas a cubrir la situación de necesidad económica o de exceso de gastos que produce, para determinadas personas, la existencia de responsabilidades familiares y el nacimiento o adopción de hijos en determinados casos.
- Asignación económica por cada menor de 18 años con una discapacidad igual o superior al 33 % o mayor de dicha edad con discapacidad igual o superior al 65 %
- Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres o padres con discapacidad
La prestación se abona en un pago único, cuya cuantía asciende a 1.000,00 euros, siempre que los ingresos del beneficiario no rebasen el límite establecido. - Prestación económica por parto o adopción múltiples.
La prestación consiste en un pago único, cuya cuantía será:
– 2 Hijos nacidos = 4.320€
– 3 Hijos nacidos = 8.640€
-4 o más hijos nacidos = 12.960 € - Excedencia familiar por cuidado de hijos
- Permiso de 7 días para cuidar de familiares o convivientes. Está dirigido para los trabajadores que tengan que quedarse en casa para cuidar, por ejemplo, de una persona mayor o incluso acompañar al médico a su pareja.
- Permiso parental de 8 semanas. En principio, no retribuido, por cada hijo y al que los trabajadores tendrán derecho a acogerse hasta que el menor cumpla los 8 años.
Las familias monoparentales con dos hijos tendrán la categoría de familia numerosa, por lo que podrán acogerse a las prestaciones que ello conlleva.
ABONOS GRATUITOS DE RENFE
El Gobierno amplía los abonos de cercanías y media distancia gratuitos durante 2023 que, en un principio, estaría en funcionamiento hasta finales de año como medida extraordinaria debido a la inflación.
AYUDA A LA NATALIDAD (MENORES 30 AÑOS)
En 2023, el Gobierno regional ha puesto en marcha varias medidas y ayudas económicas para apoyar a las familias madrileñas que decidan tener hijos o hijas. Entre estas medidas se encuentran:
- El cheque bebé: una ayuda de 500 euros mensuales desde el quinto mes de embarazo hasta que el niño o la niña cumpla dos años. Esta ayuda está dirigida a las madres menores de 30 años con rentas inferiores a 30.000 euros anuales.
- El buscador de ayudas para el fomento de la natalidad: una herramienta online que permite consultar las ayudas disponibles según el perfil de cada familia. El buscador incluye ayudas por nacimiento o adopción, por familia numerosa, por discapacidad o dependencia, por educación infantil o por conciliación laboral y familiar.
- El teléfono 012 Apoyo a la Maternidad: un servicio gratuito que ofrece información y orientación sobre las ayudas, recursos y servicios disponibles para las mujeres embarazadas o con hijos menores de tres años. El teléfono también ofrece asesoramiento psicológico, jurídico y social a las mujeres que lo necesiten .
Estas medidas se enmarcan dentro de la Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y conciliación 2022-2026, que tiene como objetivo aumentar la tasa de fecundidad en la Comunidad de Madrid, que actualmente es una de las más bajas del país.
Para más información y acceso a la información clica AQUÍ
CHEQUE BEBÉ 100 EUROS
Una de las ayudas más populares es el cheque bebé de 100 euros mensuales que se concede a las familias con hijos menores de tres años. Esta ayuda se puede solicitar desde el nacimiento del niño o niña hasta que cumpla los tres años, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Estar empadronado en la Comunidad de Madrid al menos desde seis meses antes del nacimiento o adopción del menor.
- Tener unos ingresos familiares inferiores al límite establecido según el número de miembros de la unidad familiar.
- No recibir ninguna otra ayuda similar por parte de otras administraciones públicas.
Para solicitar el cheque bebé hay que presentar una solicitud telemática en la página web de la Comunidad de Madrid o presencialmente en las oficinas de registro.
BONOS – TARIFAS SOCIALES
Dentro del ‘Plan Más Seguridad Energética’, se ha presentado el nuevo bono social eléctrico, con un 40% de descuento para abaratar la factura eléctrica hasta el 31 de diciembre de este año, con el que se espera beneficiar a 1,5 millones de consumidores. Así se refleja en el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 octubre, publicado en el BOE, que además contempla que las bonificaciones del 60% actual al 65% para consumidores vulnerables, y del 70% al 80% para los que se encuentren en situación de vulnerabilidad severa.
Bono social Eléctrico. El bono social de electricidad es un descuento en la factura eléctrica de entre un 25 – 50% según el grado de vulnerabilidad familiar. Clica aquí para descargarte una guía informativa . Normalmente, los beneficiarios del Bono Social de luz pueden ser:
– Jubilados y mayores de 65 años.
– Familias numerosas o unidades familiares de más de 3 miembros.
– Personas vulnerables y en riesgo de exclusión social.
– Beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción, de la Renta Activa de Inserción o de una Pensión No Contributiva.
Bono social del agua Canal de Isabel II Madrid.
El Bono Social de Agua está dirigido a los ciudadanos que tienen dificultades para hacer frente a las facturas del suministro.
Beneficiarios del Bono Social de Agua
Es importante que tengas en cuenta que cada empresa de agua puede o no contar con bonificaciones especiales y dirigirse a diferentes colectivos. Normalmente, los beneficiarios del Bono Social de Agua pueden ser:
– Jubilados y mayores de 65 años.
– Familias numerosas o unidades familiares de más de 3 miembros.
– Personas vulnerables y en riesgo de exclusión social.
– Beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción, de la Renta Activa de Inserción o de una Pensión No Contributiva.
El Canal de Isabel II contempla en sus tarifas distintas bonificaciones en la factura de agua según el grado de vulnerabilidad familiar Haz clic aquí para ver un video explicativo
AYUDAS PARA VIVIENDA
1.- Comunidad Madrid
La Comunidad de Madrid convoca una nueva línea de ayudas al alquiler de vivienda para jóvenes, mayores de 65 años y familias vulnerables. El Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles una inversión de 9.384.000 euros para este año y que se dividen en dos programas. El primero, dotado de 5.384.000 euros, tiene como objetivo facilitar el alquiler de una casa o una habitación en régimen de arrendamiento o cesión de uso a los sectores más vulnerables de la población con escasos medios económicos y mayores de 65 años. El segundo va dirigido a menores de 35 años para contribuir al reto demográfico y cuenta con una partida de 4.000.000 euros.
La cuantía de las ayudas será del 50% de la renta que pague el solicitante de las que se excluyen las plazas de garaje, trasteros o similares. El periodo subvencionable será del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022. La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura será la encargada de repartir dichos fondos del Plan estatal de acceso a la vivienda 2022/25. El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, prevista para la próxima semana.
Al igual que en el Bono Joven del Alquiler, el Gobierno regional ha ampliado en 29 municipios los límites máximos establecidos a 900 euros/mes en el caso de arrendar un inmueble y a 450 euros/mes en el de una habitación, para que más ciudadanos puedan acceder a esta ayuda.
Estas localidades son Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Algete, Arroyomolinos, Boadilla del Monte, Getafe, Collado Villalba, Coslada, Fuenlabrada, Galapagar, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Majadahonda, Móstoles, Parla, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Rivas-Vaciamadrid, San Fernando de Henares, San Sebastián de los Reyes, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Tres Cantos, Valdemoro, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo y Villaviciosa de Odón.
Si quieres consultar la información completa haz clica aquí.
2. Ayuntamiento de Madrid – Bono de ayuda al alquiler: 250 euros al mes
Está previsto que se destinen unos 200 millones de euros para el bono joven de 250 euros para ayudar a sufragar parte del coste del alquiler de vivienda a jóvenes de entre 18 y 35 años con trabajo, unas ayudas contempladas en el Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025. Para acceder a esta ayuda será necesario cumplir una serie de requisitos que se detallan a continuación:
- Beneficiará a los jóvenes de entre 18 y 35 años.
- Sus rentas de trabajo e ingresos anuales deberán ser inferiores a 23.752 euros.
- En caso de familiares más vulnerables, el bono sí que podrá completarse con más ayudas directas al alquiler de hasta el 40% de su valor.
- Queda limitado a alquileres de alrededor de 600 euros.
- Los beneficiados deberán tener trabajo.
3. Servicio de orientación jurídica en materia de vivienda
Los abogados y abogadas del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) junto con la colaboración del Ayuntamiento de Madrid han creado un servicio gratuito de asesoramiento y orientación jurídica en materia de vivienda, en los que se puede tratar temas como la ocupación, alquiler, compra-venta, herencias, desahucios o ayudas para la rehabilitación energética y/o vivienda protegida
En el convenido se establece que el servicio estará disponible los lunes, miércoles y viernes en horario de 9.00 a 14.00h en las juntas municipales de los siguientes distritos: Usera, Moratalaz, Chamartín y Ciudad Lineal, se puede acceder por cita previa o de forma presencial.
4. Ayuda al alquiler de 525 euros para pensionistas
Los pensionistas son uno de los colectivos sociales más vulnerables, especialmente el 24% de ellos, que cobran las cantidades mínimas de pensión por jubilación o incapacidad, y los que en muchos casos tienes que hacerse cargo económico de la familia. Por ello, igual que pueden beneficiarse del bono social de la luz, el gas o el de teléfono, también pueden solicitar la ayuda para pagar el alquiler, que es de 525 euros anuales siempre que cumplan unos requisitos. Aproximadamente el 5% de los pensionistas viven de alquiler y debido a la subida de los precios de la renta, cada vez necesitan un mayor esfuerzo económico para pagarlo. Esto se suma al incremento del precio de la cesta de la compra y los principales suministros, que afecta a todos los hogares. Así, la ayuda supone un pequeño alivio económico para sus bolsillos.La pensión media es de 1.200 euros, pero estas personas no podrán beneficiarse de la ayuda al alquiler que ha propuesto el Gobierno, ya que no es universal ni está pensada para todo el colectivo, sino para quienes cobre una pensión no contributiva de jubilación o invalidez a través del IMSERSO. Los requisitos para poder recibirla son los siguientes:Además, se señala que “si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una pensión no contributiva, solo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.El plazo para solicitar esta ayuda finaliza el 31 de diciembre de 2023. El pago de los 525 euros se cobra en un pago único. La ayuda no es muy elevada y si la dividimos en los 12 meses del año, serían 43,75 euros mensuales. De cara a 2024, previsiblemente, se podrá solicitar de nuevo la ayuda desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre.El tiempo máximo para resolver la solicitud por la Administración es de tres meses. Si ha sido denegada o no recibes respuesta, podrás presentar una reclamación si lo consideras oportuno al cumplir los requisitos.Se puede solicitar la ayuda de 525 euros de forma presencial en la oficina de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de residencia. Aunque hay excepciones. En el País Vasco y Navarra, en la Diputación Foral. Mientras que en Ceuta y Melilla se realiza directamente a través del IMSERSO.Esta ayuda de 525 euros para el alquiler también se puede solicitar a través de Internet. Es necesario acceder a la Sede Electrónica de la Consejería de Políticas Sociales de la Comunidad Autónoma correspondiente y disponer de DNI electrónico o certificado digital.La renta del alquiler no deja de crecer año a año y las familias destinan ya más del 30% de los ingresos para pagarla en 17 ciudades españolas. En Barcelona esa cifra se dispara hasta el 58%, mientras en Madrid, Ceuta y San Sebastián supera el 40%, según un reciente estudio de Idealista sobre la tasa de esfuerzo para los arrendamientos.La mayoría de los pensionistas viven en una casa de su propiedad, pero hay en torno a un 5% que paga un alquiler, según la consultora EY (2020). En muchos casos, tienen que dedicar más del 100% para poder pagarlo y tienen que tirar de ahorros. Además, estiman que para 2040, habrá cerca de 400.000 pensionistas en régimen de arrendamiento, casi el triple que en la actualidad.
AYUDAS A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
- Renta activa de Inserción (RAI) para víctimas de violencia de género
La RAI es una ayuda extraordinaria de 480 euros mensuales que pueden solicitar las víctimas de violencia de género y doméstica.
Existe una ayuda que tramitan las Comunidades Autónomas para las mujeres víctimas de violencia de género. El importe se abona en un solo pagó único de 2.581 euros.
OTRAS AYUDAS A LAS FAMILIAS
- Ayudas a familias numerosas: Se trata de una bonificación fiscal que se aplica en el IRPF o se cobra anticipadamente cada mes. El importe varía según el número de hijos y el grado de discapacidad, si lo hay. En 2023, oscila entre 1.200 y 2.400 euros anuales por familia.
- Ayudas por hijo o menor acogido a cargo: Se trata de una asignación económica que se paga cada mes por cada hijo menor de 18 años o mayor con discapacidad. El importe depende del nivel de ingresos y del grado de discapacidad, si lo hay. En 2023, va desde 341 hasta 6.828 euros anuales por hijo.
- Subsidio de ayuda familiar (SEPE): Se trata de una prestación económica que se concede a los desempleados con responsabilidades familiares que carecen de rentas suficientes y han agotado la prestación contributiva o no pueden acceder a ella. El importe es de 480 euros mensuales durante un máximo de seis meses prorrogables hasta dieciocho meses.
BONO CULTURAL DE 400 EUROS PARA JÓVENES
Se entregará como consecuencia de la aprobación del bono cultural , el importe de 400 euros en pao único a aquellas personas al cumplir los 18 años (nacidos en 2004) para gastar en actividades y productos culturales.
AYUDAS HIPOTECA
Las nuevas ayudas para el pago de la hipoteca en 2023 se basan en dos mecanismos principales: la moratoria hipotecaria y la reestructuración del préstamo.
La moratoria hipotecaria consiste en suspender temporalmente el pago del capital e intereses del préstamo durante un plazo máximo de seis meses. Esta medida se puede solicitar hasta el 31 de marzo de 2023 y tiene efectos retroactivos desde el 1 de noviembre de 2022.
La reestructuración del préstamo consiste en modificar las condiciones del mismo para facilitar su amortización. Entre las posibles opciones se encuentran: alargar el plazo, reducir el tipo de interés, aplicar un periodo de carencia o cambiar a un sistema francés o americano.
Estas medidas se pueden solicitar tanto individualmente como conjuntamente, según las necesidades y preferencias del solicitante.
¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas?
Las medidas y ayudas están implementadas desde el 1 de enero de 2023 y se aplican al titular del préstamo hipotecario, siempre y cuando cumpla una serie de requisitos en cuestiones tales como la unidad familiar, el tipo de vivienda y unos límites sobre el precio de su adquisición .
Los requisitos generales son los siguientes:
- Tener unos ingresos menores a los 25.200 euros al año (tres veces el IPREM).
- Dedicar más de un 50% de la renta mensual al pago de la hipoteca.
- Que la cuota del préstamo haya subido más del 50% desde que se firmó.
- Que la vivienda no tenga un valor superior a los 300.000 euros.
- Que la vivienda sea la residencia habitual y permanente del solicitante.